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Pasaporte para bebés y recién nacidos en México
No hay edad mínima para tener pasaporte: un recién nacido puede tramitarlo en cuanto tiene su acta de nacimiento. Pero el trámite de un bebé tiene reglas propias —desde la autorización de los padres hasta la peculiar foto de un bebé que no coopera— que conviene conocer antes de acudir a la cita.
En resumen
Un bebé puede tener pasaporte desde el nacimiento. Necesitas su acta de nacimiento, la identificación y autorización de quien ejerce la patria potestad, y el menor debe estar presente en la cita. La vigencia es de 1 año para menores de 3 años. La foto se toma en la oficina con reglas más flexibles para bebés.
Viajar con un bebé exige que el pequeño tenga su propio pasaporte: no puede incluirse en el de sus padres, como ocurría en el pasado. La buena noticia es que el trámite es perfectamente posible desde los primeros días de vida y sigue la misma lógica que cualquier otro pasaporte de menor. La diferencia está en los detalles prácticos, que es justo donde surgen las dudas.
En esta guía repasamos, paso a paso, todo lo que implica tramitar el pasaporte de un bebé o recién nacido: qué documentos llevar, quién debe acudir, cómo funciona la autorización cuando falta uno de los padres, el asunto siempre delicado de la fotografía y por qué la vigencia es tan corta.
¿A partir de qué edad puede tener pasaporte un bebé?
No existe una edad mínima. En cuanto el bebé cuenta con su acta de nacimiento —el documento que acredita su nacionalidad mexicana—, puede tramitar su pasaporte. Muchos padres lo hacen en las primeras semanas de vida cuando ya tienen un viaje planeado. Lo único indispensable es que el registro civil haya emitido el acta y que los datos sean correctos y legibles.
Al ser menor de edad, el bebé no realiza el trámite por sí mismo: lo hace a través de quien ejerce la patria potestad o tutela, que es quien firma, autoriza y acompaña. Pero, y esto sorprende a algunos padres primerizos, el bebé debe estar físicamente presente en la cita, porque su fotografía se toma en el momento.
Documentos para el pasaporte de un bebé
La documentación combina la del menor con la de quien lo autoriza. Reúne todo en original o copia certificada; las copias simples no se aceptan.
- Acta de nacimiento del bebé en original o copia certificada, que acredita su nacionalidad mexicana.
- Identificación del menor, cuando aplique. Para bebés muy pequeños que no tienen identificación propia, la SRE acepta alternativas como la constancia del pediatra; verifica el caso concreto en tu oficina.
- Identificación oficial vigente de quien ejerce la patria potestad (madre, padre o tutor), con datos que coincidan con el acta del menor.
- Autorización de ambos padres o el formato OP-7 cuando uno no puede estar presente.
Como en cualquier trámite, la coincidencia de datos es clave: el nombre del bebé y de los padres debe ser idéntico entre el acta y las identificaciones. Puedes revisar el detalle general en nuestra guía de requisitos del pasaporte, que aplica también a los menores.
Quién debe acudir y la autorización de los padres
Este es uno de los puntos que más confusión genera. La regla base es que el menor acude acompañado de quien ejerce la patria potestad o tutela. En la práctica, la SRE busca asegurar que ambos progenitores están de acuerdo con la expedición del pasaporte, precisamente para proteger al menor.
Cuando ambos padres pueden asistir
Si los dos progenitores acuden a la cita con sus identificaciones vigentes, otorgan el consentimiento directamente ahí. Es el escenario más sencillo y ágil.
Cuando falta uno de los padres: el formato OP-7
Cuando uno de los progenitores no puede estar presente, entra en juego el formato OP-7, que es el consentimiento formal de quien ejerce la patria potestad para expedir el pasaporte al menor. Tiene una vigencia de 90 días naturales y sirve para un solo pasaporte. Existen dos modalidades:
- OP-7/I: la autorización se otorga de forma presencial en una oficina de pasaportes o consular.
- OP-7/II: la autorización se otorga a distancia, en otra oficina de pasaportes o consulado, sin necesidad de que el progenitor esté físicamente en la misma sede que el menor.
Detallamos este formato y sus casos de uso en la sección de autorización OP-7 para menores. Si la patria potestad la ejerce una sola persona por resolución judicial, deberá acreditarlo con el documento correspondiente.
La foto de un bebé: reglas más flexibles
Aquí está la parte que quita el sueño a más de un padre: ¿cómo se toma la foto de un recién nacido que no puede sentarse, mira a todos lados y no entiende instrucciones? La tranquilidad es que la SRE aplica criterios más flexibles para bebés, conscientes de esta realidad.
La fotografía se toma en la oficina el día de la cita —nunca se llevan fotos impresas— y para los más pequeños se acepta que:
- El bebé aparezca con expresión no estrictamente neutra; puede tener la boca ligeramente abierta.
- Los ojos estén idealmente abiertos, aunque se contempla la dificultad natural con los recién nacidos.
- El rostro esté descubierto y bien iluminado, sin objetos, chupones ni juguetes en la imagen.
- No aparezcan las manos ni los brazos de quien sostiene al bebé en el encuadre.
Con los bebés, el personal de la SRE tiene experiencia y paciencia: la meta es una imagen del rostro despejado, no una pose perfecta.
Un truco práctico: lleva al bebé descansado y alimentado, y si es muy pequeño, algunos padres lo recuestan sobre una superficie clara para tomar la imagen desde arriba. Sigue siempre las indicaciones del personal. Para entender a fondo las reglas fotográficas, lee nuestro artículo sobre la foto del pasaporte.
¿Por qué la vigencia es de solo 1 año?
El pasaporte de un menor de 3 años se expide únicamente con vigencia de 1 año, y no es un capricho administrativo: los rasgos faciales de los bebés cambian tan rápido que una fotografía de hace unos meses deja de ser un reflejo fiel de su apariencia. Un documento de identidad de viaje debe permitir reconocer a su titular, y por eso la ley limita la vigencia en esta etapa.
Al cumplir los 3 años, el pasaporte se renueva por una vigencia mayor —3, 6 o incluso 10 años— con una fotografía actualizada. El costo de la vigencia de 1 año es de $920; puedes ver todas las tarifas en la guía de costos 2026.
Antes de viajar con tu bebé: un apunte extra
El pasaporte habilita al bebé para salir del país, pero si el menor viajará sin uno de sus padres o con un tercero, puede necesitar además un permiso de salida. Ese documento es distinto del pasaporte y lo emite el Instituto Nacional de Migración. Revisa los detalles en la guía del permiso de salida de menores para no llevarte una sorpresa en el aeropuerto.